Según cifras compartidas por el
Servicio de Administración Tributaria (SAT), se detectaron más de 8 mil
Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS) definitivas, de 2014 a 2019.
Dichas empresas generaron cerca de 9 millones de facturas falsas.
Una de las modificaciones
principales del paquete económico 2020 es la obtención de la firma electrónica,
será más complejo adquirirla debido a que deben acreditar plenamente los datos
de identidad del solicitante, así como su domicilio y situación fiscal.
La iniciativa del decreto
propone modificar el quinto párrafo del artículo 17-D del Código Fiscal de la
Federación, para incorporar la facultad del SAT de no otorgar una e.firma
cuando los contribuyentes no proporcionen información suficiente sobre los
datos ya mencionados.
El articulo mencionado
anteriormente es el siguiente:
CFF 17-D; “Los
datos de identidad que el Servicio de Administración Tributaria obtenga con
motivo de la comparecencia, formarán parte del sistema integrado de registro de
población, de conformidad con lo previsto en la Ley General de Población y su
Reglamento, por lo tanto, dichos datos no quedarán comprendidos dentro de lo
dispuesto por los artículos 69 de este Código y 18 de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.”
Entre las inconsistencias más frecuentes
se encuentran, por ejemplo, las asociadas con su infraestructura, capacidad
operativa, actividad económica y domicilio fiscal. O respecto de quienes aparecen
registrados como sus representantes legales, que llegan a ser estudiantes,
personas de la tercera edad, de escasos recursos, etc.
Tampoco se otorgará la firma
electrónica cuando la información no pueda ser validada por el órgano
desconcentrado; este es uno de los cambios que propone el Gobierno de México
para combatir la generación de firmas electrónicas a posibles empresas
facturadoras con operaciones inexistentes (EFOS).
Adicionalmente, se propone que
la autoridad fiscal emita reglas de carácter general que establezcan los
documentos y el procedimiento para validar la información proporcionada por el
contribuyente.
Dichos cambios son una medida preventiva, más no privativa, ya que el contribuyente tendría en todo momento el derecho de solicitar su e.firma cuando haya explicado las inconsistencias relacionadas con los datos de su identidad, domicilio y situación fiscal que cualquier contribuyente debe presentar al SAT.
Este sitio web utiliza cookies para mejorar la experiencia del usuario.
Al utilizar nuestro sitio web, acepta todas las cookies de acuerdo con nuestras Políticas de privacidad.