Impuestos
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November 6, 2019

Nuevas consideraciones para solicitar e.firma

Según cifras compartidas por elServicio de Administración Tributaria (SAT), se detectaron más de 8 milEmpresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS) definitivas, de 2014 a 2019.Dichas empresas generaron cerca de 9 millones de facturas falsas.


Una de las modificacionesprincipales del paquete económico 2020 es la obtención de la firma electrónica,será más complejo adquirirla debido a que deben acreditar plenamente los datosde identidad del solicitante, así como su domicilio y situación fiscal.


La iniciativa del decretopropone modificar el quinto párrafo del artículo 17-D del Código Fiscal de laFederación, para incorporar la facultad del SAT de no otorgar una e.firmacuando los contribuyentes no proporcionen información suficiente sobre losdatos ya mencionados.


El articulo mencionadoanteriormente es el siguiente:


CFF 17-D; “Losdatos de identidad que el Servicio de Administración Tributaria obtenga conmotivo de la comparecencia, formarán parte del sistema integrado de registro depoblación, de conformidad con lo previsto en la Ley General de Población y suReglamento, por lo tanto, dichos datos no quedarán comprendidos dentro de lodispuesto por los artículos 69 de este Código y 18 de la Ley Federal deTransparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.”


Entre las inconsistencias más frecuentesse encuentran, por ejemplo, las asociadas con su infraestructura, capacidadoperativa, actividad económica y domicilio fiscal. O respecto de quienes aparecenregistrados como sus representantes legales, que llegan a ser estudiantes,personas de la tercera edad, de escasos recursos, etc.


Tampoco se otorgará la firmaelectrónica cuando la información no pueda ser validada por el órganodesconcentrado; este es uno de los cambios que propone el Gobierno de Méxicopara combatir la generación de firmas electrónicas a posibles empresasfacturadoras con operaciones inexistentes (EFOS).


Adicionalmente, se propone quela autoridad fiscal emita reglas de carácter general que establezcan losdocumentos y el procedimiento para validar la información proporcionada por elcontribuyente.


Dichos cambios son una medidapreventiva, más no privativa, ya que el contribuyente tendría en todo momentoel derecho de solicitar su e.firma cuando haya explicado las inconsistenciasrelacionadas con los datos de su identidad, domicilio y situación fiscal quecualquier contribuyente debe presentar al SAT.




Jorge Alberto De La Rosa Castruita
Autor

Socio